Después de todos los cambios y noticias que ha habido respecto a quien corresponde la obligación de pagar el IAJD (Impuesto de Actos Jurídicos documentados) de las hipotecas, FINALMENTE como mucho sabéis corresponde al Banco en todas aquellas hipotecas que se firmen desde el día 12 de Noviembre 2018.
Este real decreto ley NO SE APLICA a las que se firmaron con anterioridad a ese día. Salvo que el alto Tribunal Europeo falle a favor del cliente bancario como paso con las clausulas suelo.Pero esto último esta aún por ver, isa que no contemos con ello.
El ahorro de este impuesto suele rondar una media de unos 1.500 €, ya que depende del importe de la hipoteca y de la comunidad autónoma donde se firme (giraba en torno al 1,5% del valor total para que nos hagamos una idea).
Dicho esto, ahora solo nos quedará para el comprador el IVA en viviendas nuevas o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en viviendas de segunda mano. ambos impuestos son del 10% del valor total de la operación.
Respecto al VENDEDOR, deberá de hacerse cargo de la PLUSVALIA, cuyo valor depende de cada Comunidad autónoma.
Para cualquier duda nuestros profesionales te ayudarán para determinar exactamente cuales van a ser los gastos, a parte de los impuestos que debes de asumir en la operación de compraventa de un inmueble, con son los gastos de notaria y registros de la propiedad.